Como parte de los esfuerzos para controlar la pandemia del coronavirus, el Poder Ejecutivo amplió hasta el 30 de setiembre el estado de emergencia con cuarentena focalizada en algunas regiones.
Con la ampliación del Estado de Emergencia queda restringido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales.
De igual manera se suprime la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio.
El Decreto Supremo publicado en una edición extraordinaria del diario El Peruano establece la cuarentena focalizada en los departamentos de Cusco, Moquegua, Puno y Tacna; así como en la provincias de Bagua, Chachapoyas, Condorcanqui y Utcubamba (Amazonas); y del Santa, Casma, Huaraz y Huarmey (Áncash).
Asimismo, en Abancay (Apurímac); Camaná, Islay, Cailloma y Castilla (Arequipa); Huamanga, Huanta, Lucanas y Parinacochas (Ayacucho); Cajamarca y Jaén (Cajamarca); Huancavelica, Angaraes y Tayacaja (Huancavelica); Huánuco, Leoncio Prado, Puerto Inca y Humalíes (Huánuco).
La misma medida regirá en Ica, Pisco, Nasca y Palpa (Ica); Huancayo, Satipo y Chanchamayo (Junín); Trujillo, Pacasmayo, Chepén, Ascope, Sánchez Carrión y Virú (La Libertad); Barranca, Cañete, Huaura y Huaral (Lima); y Tambopata, Pasco y Oxapampa (Pasco).
La norma dispone también la inmovilización obligatoria desde las 22:00 hasta las 04:00 horas del día siguiente, de lunes a sábado, y los domingos todo el día.
En el decreto supremo se reitera la prohibición de reuniones familiares o sociales.