Por unanimidad el Tribunal Constitucional declaró fundada la demanda de inconstitucionalidad presentada por el Ejecutivo contra la norma que suspende el pago de peajes.
La norma aprobada por el Congreso, fue observada por el presidente de la República, Martín Vizcarra, pero fue aprobada a insistencia del legislativo.
EEn su exposición, el magistrado Augusto Ferrero Costa, señaló que la exoneración en el pago de peajes interviene en contratos de concesión que son contratos-ley, que no pueden ser modificados legislativamente”.
En su fallo el máximo organismo jurisdiccional deja en claro también que el voto de los congresistas debe ser de forma personal, directa y pública.
En ese sentido, el voto de los legisladores es indelegable, es decir que no puede ser comunicado vía el portavoz de una bancada, tal como sucede en los actuales plenos virtuales