El Gobierno Peruano modificó el Código Penal para incorporar tipos penales que sancionen cuatro nuevos delitos: acoso, acoso sexual, chantaje sexual y difusión de imágenes o material audiovisual con contenido sexual.
La resolución legal fue publicado hoy miércoles el diario oficial El Peruano (Decreto Legislativo N° 1410) y tiene como objetivo garantizar la lucha eficaz contra las diversas modalidades de violencia que afectan, principalmente, a las mujeres.
De esta forma, se incorporaron los artículos 151-A, 154-B, 176-B y 176-C al Código Penal especificando lo siguiente para cada delito:
DELITO DE ACOSO
Pena: quien cometa este delito será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de 1 ni mayor de 4 años, inhabilitación, según corresponda, conforme a los incisos 10 y 11 del artículo 36, y con 60-180 días-multa.
IGUAL PENA SE APLICA A QUIEN REALIZA LAS MISMAS CONDUCTAS VALIÉNDOSE DEL USO DE CUALQUIER TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN O DE LA COMUNICACIÓN
-La pena privativa de la libertad será no menor de 4 ni mayor de 7 años, inhabilitación, según corresponda, conforme a los incisos 10 y 11 del artículo 36, y de 280-a 365 días-multa, si concurre alguna de las circunstancias agravantes:
-DELITO DE DIFUSIÓN DE IMÁGENES, MATERIALES AUDIOVISUALES O AUDIOS CON CONTENIDO SEXUAL
Se refiere a quien, sin autorización, difunde, revela, publica, cede o comercializa imágenes, materiales audiovisuales o audios con contenido sexual de cualquier persona, que obtuvo con su anuencia.
Pena: quien cometa este delito será reprimido con pena privativa de libertad no menor de 2 ni mayor de 5 años y con 30-120 días-multa.
La pena privativa de libertad será no menor de 3 ni mayor de 6 años y de 180-365 días-multa, cuando concurra cualquiera de las siguientes circunstancias:
DELITO DE ACOSO SEXUAL
Se refiere a quien, de cualquier forma, vigila, persigue, hostiga, asedia o busca establecer contacto o cercanía con una persona, sin el consentimiento de esta, para llevar a cabo actos de connotación sexual.
Pena: quien cometa este delito será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de 3 ni mayor de 5 años e inhabilitación, según corresponda, conforme a los incisos 5, 9, 10 y 11 del artículo 36.
Igual pena se aplica a quien realiza la misma conducta valiéndose del uso de cualquier tecnología de la información o de la comunicación.
La pena privativa de la libertad será no menor de 4 ni mayor de 8 años e inhabilitación, según corresponda, conforme a los incisos 5, 9, 10 y 11 del artículo 36, si concurre alguna de las circunstancias agravantes:
DELITO DE CHANTAJE SEXUAL
Se entiende por quien amenaza o intimida a una persona, por cualquier medio, incluyendo el uso de tecnologías de la información o comunicación, para obtener de ella una conducta o acto de connotación sexual.
Pena: quien cometa este delito será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de 2 ni mayor de 4 años e inhabilitación, según corresponda, conforme a los incisos 5, 9, 10 y 11 del artículo 36.
La pena privativa de libertad será no menor de 3 ni mayor de 5 años e inhabilitación, según corresponda, conforme a los incisos 5, 9, 10 y 11 del artículo 36, si para la ejecución del delito el agente amenaza a la víctima con la difusión de imágenes, materiales audiovisuales o audios con contenido sexual en los que esta aparece o participa.
Este decreto legislativo tiene las rúbricas del presidente de la República, Martín Vizcarra; el presidente del Consejo de Ministros, César Villanueva; la ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Ana María Mendieta, el ministro de Justicia, Vicente Zeballos, y el titular de Trabajo y Promoción de Empleo, Christian Sánchez.
Tres tramos de la Panamericana Sur se encuentran bloqueados por personas que, por tercer día… Leer más
Como si se tratara de una violenta película de acción, una cámara de video registró… Leer más
Amber Heard y Johnny Depp vuelven a la mira de los medios de comunicación. La… Leer más
Bad Bunny se ha convertido en todo un fenómeno de la industria musical, pues rompió… Leer más
Dina Boluarte Zegarra asume la Presidencia de la República tras aprobarse en el Congreso la… Leer más
Pedro Castillo fue detenido por las autoridades luego que anunció la disolución del Congreso. El… Leer más
Esta web usa cookies.